Legalizar pozo antiguo (Aguas privadas)

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Cuando hablamos de pozo antiguo nos referimos  a pozos que se corresponden  normalmente con pozos de aguas privadas o normalmente anteriores a la década de los 80. (Han pasado bastantes años desde que comenzaron a darse las concesiones o autorizaciones administrativas de riego…)

Todo puede ser un pozo antiguo según se mire, pero si que es cierto que hay una  dualidad de regímenes o pozos y que aún están vigentes.

Las aguas privadas son un régimen transitorio a extinguir, la forma de legalizar un pozo antiguo es la misma que la de un pozo nuevo, aunque figuran en dos bases de datos distintas ya que uno es concesión administrativa y el otro un derecho privado para extraer agua.

Sea pozo de aguas privadas o aguas públicas es necesario regular su documentación para evitar las sanciones por tener el pozo ilegal o no declarado.

Esto conlleva indicar qué uso se va a dar al Agua y de qué forma se va a abastecer la finca agraria o explotación indicando el tipo de pozo, la cantidad de agua a obtener y si se prevé hacer una modificación de las características del pozo.

Una vez regularizada la situación de riego y con el pozo legal podemos hacer un uso normal del agua de riego.

 


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