- En fincas Agrícolas las distancias mínimas entre pozos es de 100 metros.
- En lo que son zonas urbanas o suelo urbano o urbanizable las distancias son más pequeñas ya que se entiende que son para uso doméstico. Para hacer un sondeo o pozo domésticos se ponen unos 10 metros que viene siendo que no estén uno pegado al otro en casas hechas y lo dobla por cuestiones de construcción en las zonas a urbanizar, lo cual es más bien un criterio urbanístico para construir con seguridad que algo relacionado con aguas.
En las fincas rurales si que puede llegar a ser mas problemático a la hora de legalizar un pozo o sondeo con finalidades de granjas o agrícolas.
No obstante si el pozo de su vecino es ilegal, usted puede poner el pozo donde le plazca realizando las gestiones y autorizaciones correspondientes.